Propuestas para implementar el teletrabajo en Tecnilógica

Propuestas para implementar el teletrabajo en Tecnilógica

La pandemia del coronavirus ha puesto a prueba a muchos trabajadores y a multitud de empresas

La pandemia del coronavirus ha puesto a prueba a muchos trabajadores y a multitud de empresas, obligándonos a adoptar el teletrabajo como único modo de trabajo para continuar desarrollando nuestras tareas habituales, y a las empresas para poder mantener su actividad. Aunque en Tecnilógica esta forma de trabajo se venía practicando desde hace años por debajo del 7% de los trabajadores/as, después de cumplir una serie de condiciones y de realizar una petición formal a la empresa, en estos últimos meses hemos sido más del 95% de empleados los que hemos adoptado esta forma de trabajo, según la empresa, sin mayores problemas y sin afectar negativamente al nivel de productividad.

Esta prueba de fuego, en la que trabajadores y empresas de todo el mundo hemos participado sin previo aviso y, en muchos casos, sin previa experiencia, ha debido resultar exitosa para un buen número de compañías que, en este “breve” periodo, han podido descubrir que el teletrabajo les aporta una serie de ventajas (aumento de la productividad de los empleados, ahorro de costes, mejora de la imagen de marca empleadora,…), hasta tal punto que, algunas de ellas, han optado por imponer el teletrabajo como única, o principal, forma de trabajo para todos sus empleados. Otras, ya han anunciado facilidades a sus empleados en cuanto a flexibilidad horaria bajo esta modalidad de teletrabajo, o han empezado a ofrecer ayudas económicas y provisión de material de diferente tipo para facilitar el desempeño desde los hogares de sus trabajadores.

Los gobiernos de todo el mundo también se han dado cuenta de las ventajas que, la adopción de este modo de trabajo de una forma más generalizada puede traer consigo, y por ello se encuentran definiendo un marco jurídico y legal bajo el que se regule esta práctica de trabajo en remoto. En España, de hecho, se está trabajando en la elaboración de esta ley que verá la luz dentro de poco.

Ante esta situación de grandes empresas, y no tan grandes, abrazando y recibiendo de buen grado el teletrabajo, compensando a sus empleados y facilitando su trabajo de forma remota; y los gobiernos a punto de legislar las condiciones bajo las que se realizará el teletrabajo, en la Sección Sindical De UGT En Tecnilógica nos hemos visto con la necesidad de proponer a la empresa algunas acciones, encaminadas a implantar de manera más firme y decidida la modalidad de teletrabajo para todos aquellos empleados que puedan, y quieran desarrollar su trabajo de forma remota. Creemos que una empresa que apuesta por las nuevas tecnologías, por métodos de trabajo ágiles y por el cuidado de sus empleados como principal activo de la compañía, debería ser también puntera en el mercado adoptando medidas hacia sus empleados que le permitan diferenciarse del resto de empresa en la adopción de este modelo de trabajo, que ha llegado para quedarse.

Por todo ello, desde esta Sección Sindical De UGT En Tecnilógica, vamos a remitir a la empresa una serie de propuestas que antes queríamos compartir con todos vosotros, con el fin de que también podáis aportar las vuestras propias, y todas ellas puedan ser estudiadas y valoradas por la compañía.

¨ Instauración del Teletrabajo como nueva forma estándar de trabajo para todos aquellos empleados que lo requieran. Esto es, el teletrabajo deberá ser un acuerdo libre y voluntario entre empresa y trabajador. Por supuesto, si el puesto de trabajo lo permite, no se debe dejar a criterio de la empresa su concesión o no. Ha de ser un DERECHO FUNDAMENTAL del trabajador, que lo articulará de forma que pueda conciliar su vida laboral y profesional, permitiendo desde un mínimo de 2 hasta un máximo de 5 días (jornada completa) de teletrabajo.

¨ Proveer de equipación informática y de comunicaciones a todos los empleados que teletrabajen, dotando a cada uno de ellos de ordenador portátil, línea y terminal móvil, así como de la conexión a Internet a través de fibra o ADSL que resulte adecuada para poder desarrollar su trabajo, siempre dentro de los parámetros de la ley de protección laboral.

¨ Proporcionar la adecuada silla y mesa de oficina, así como el material ergonómico que pueda necesitar cada empleado.

¨ Subvención o pago de una cuantía fija a establecer por el consumo eléctrico derivado de su actividad (dispositivos electrónicos, climatización, etc.…)

¨ Asegurar el cumplimiento de la desconexión digital, articulando los mecanismos necesarios para el cumplimiento de la GDPR y del RD-Ley 8/2019.

¨ Se deberá garantizar la conciliación laboral y familiar de aquellos teletrabajadores que tengan menores o personas dependientes a su cargo, reformulando posiblemente el tiempo de trabajo para poder compatibilizar cuidados y horario de trabajo.

¨ Cuidar por que los teletrabajadores tengan las mismas horas y facilidades de acceso a la formación y a las mismas oportunidades de desarrollo de su carrera profesional que los trabajadores presenciales, quedando sujetos a idénticas políticas y criterios de evaluación de rendimiento que el resto de los trabajadores.

¨ El teletrabajador deberá estar adscrito a un centro de trabajo FÍSICO. No se debe permitir ni tolerar la existencia de centros virtuales y, por supuesto, no se debe permitir que el trabajador de una empresa, por el hecho de estar teletrabajando sea considerado un freelance.

¨ Y aquí, Natalia, José Manuel, Álvaro, Isabel… nos gustaría que nos indicases tus propuestas para hacérselas llegar también a la empresa.

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